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Reclaman control a la composición de productos que importa Argentina




29/10/2015 |
Algunos sectores sensibles de la industria pidieron al Gobierno la instrumentación generalizada de las Declaraciones Juradas de Composición de Productos (DJCP), como trabas paraarancelarias

En otra de las alternativas para fortalecer el actual sistema de administración del comercio exterior que sufrirá cambios a fin de año, los sectores sensibles de la industria pidieron al Gobierno la instrumentación generalizada de las Declaraciones Juradas de Composición de Productos (DJCP), como trabas paraarancelarias a los bienes importados y para la consecuente protección del mercado interno.

“Este sistema actualmente se aplica en el sector del calzado por una resolución oficial que data del año 1996”, expresó a BAE Negocios Internacional el directivo de la Cámara de la Industria del Calzado (CIC), Horacio Moschetto. Se trata de una herramienta que en forma generalizada podría cubrir en parte el vacío que dejarán las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (Djais), cuando la Argentina deba suspenderlas el próximo 31 de diciembre por disposición de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

Mientras existe la misma demora que en las Djais para la aprobación de las DJCP, el sistema exige a los fabricantes de calzado los datos de personas físicas o jurídicas, como el registro de firmas, que debe ser concordante con el Registro Especial Aduanero. Una vez ingresada y confirmada la información al régimen SISCO de la AFIP, se emite una carátula que se identificará con un número de trámite.

Moschetto indicó que “la información correspondiente a una DJCP tiene un Código de Identificación de Producto (CIP)”, que consiste en una codificación numérica o alfanumérica de hasta 14 caracteres. “Es una sola DJCP para un mismo producto. La presentación de la información correspondiente a una DJCP, se realiza por única vez, siempre y cuando los datos consignados no sean modificados”, detalló el directivo.

Las presentaciones deben ser firmadas en su totalidad por el importador o sus representantes o apoderados siempre que figuren en el Registro Especial Aduanero, circunstancia que será verificada por la SCE. Los interesados podrán tomar conocimiento de los trámites presentados, que podrán tener estado “recibido” u “observado”, a través de una simple consulta ante el SISCO.

Las observaciones requieren nuevo trámite ya que en el caso de que el sistema detecte alguna información consignada en un trámite, el importador deberá presentar nuevamente los datos correspondientes a la observación.

La herramienta de las Djais fue cuestionada por los Estados Unidos, Japón y la Unión Europea, que solicitaron a la OMC un fallo que las invalide, medida que se conoció este año. El Gobierno tomó nota y ya avanzó en medidas proteccionistas como la reciente fiscalización sobre las etiquetas de los productos alimenticios.

Fuente: diariobae



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